domingo, 11 de enero de 2015

Nace la "Pesca-turismo"






La nueva Ley de Pesca ha entrado en vigor con la reciente publicación del texto legislativo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) tras meses de negociaciones entre el Gobierno y los distintos grupos parlamentarios. Tras pasar por las Cortes Generales, la nueva ley incluye entre sus novedades destacadas la regulación por primera vez del uso turístico de la flota pesquera, en lo que se considera una nueva vía de negocio para unas empresas que en los últimos años se han visto especialmente afectadas por la drástica reducción de cupos de pesca, en paralelo al incremento de sus costes ordinarios.

De hecho, ese aspecto se incluye en el capítulo dedicado a actividades de diversificación económica del sector. «El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente potenciará las medidas de diversificación económica del sector, en particular, el turismo acuícola, el turismo pesquero o marinero, y la pesca-turismo», reza el texto legislativo, que deja también lugar al desarrollo de la legislación al respecto por parte de las comunidades autónomas, competentes en la materia.

Entre los aspectos que se reserva el Gobierno central para la regulación de esas actividades está el hecho de que las empresas interesadas deberán contar «con el previo informe favorable del Ministerio de Fomento, relativo a las condiciones de seguridad marítima, de la navegación, de la vida humana en la mar y de la prevención de la contaminación, y con la previa comunicación al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, sin perjuicio de las exigencias previstas en la legislación correspondiente para los operadores legalmente establecidos en territorio español».

La nueva ley prevé que la realización de esas actividades turísticas deberán ser «compatibles con la pesca extractiva para la que el buque esté autorizado, siempre y cuando dichos buques reúnan las condiciones de seguridad y habitabilidad que reglamentariamente se establezcan». En todo caso, los turistas embarcados a bordo de estas embarcaciones «no podrán ejercer la actividad pesquera», aclara la nueva legislación.

Regular aspectos como esa compatibilidad de la actividad de pesca extractiva y la 'pesca-turismo', o las condiciones del embarque del pasaje, son cuestiones que la ley deja para la posterior elaboración de reglamentos conjuntamente con las comunidades autónomas.

Lo que sí recoge la ley es que esas actividades «serán realizadas en todo caso por profesionales del sector, sujetos al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar».

Esa actividad turística, según recoge la ley, no tendría por qué limitarse a la pesca en aguas interiores, sino que también se podrían acoger a esa actividad buques de la flota que opera más alejada de la costa. Para ello, no obstante, se prevé que el ministerio podría establecer «medidas específicas para la pesca-turismo en aguas exteriores por razón de protección y conservación de los recursos pesqueros».

Además, los requisitos previstos señalan que «aquellas embarcaciones que opten por desarrollar las actividades de pesca-turismo deberán suscribir un seguro u otra garantía financiera equivalente para cubrir la responsabilidad civil en los términos que reglamentariamente se establezcan de conformidad con la legislación marítima».

De todos modos, al margen de la gran novedad relativa a la pesca turística, la nueva ley supone la entrada en vigor de una normativa sancionadora que ya ha sido vista con muy buenos ojos por parte del sector, y que entre otras cuestiones prevé descuentos por el «pronto pago» de las multas que se impongan a los buques. «Es un sistema parecido al de las multas de tráfico», apuntó en su día la diputada avilesina del PP, Carmen Rodríguez Maniega, una de las ponentes del texto legislativo, al respecto.

La nueva ley prevé que, una vez que se establezca la sanción correspondiente, el armador dispondrá de veinte días para acogerse al descuento por «pronto pago», que puede alcanzar el 50% de la cuantía que se le haya impuesto, siempre que la sanción no supere los 15.000 euros -o no sume más de 30.000 euros si son varias infracciones detectadas en un mismo procedimiento-, «y siempre que no haya recaído sobre los interesados resolución sancionadora firme por infracciones graves o muy graves» durante los dos años anteriores.

Al margen de esas cuestiones, el nuevo texto regula otros aspectos, como la autorización de construcción de nuevos buques pesqueros, que la nueva ley prevé que no supongan un incremento de la capacidad extractiva de la flota.



Fuente: Elcomercio.es

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